Jueves, 02 de Octubre de 2025

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ALICANTE PRESS - AP Jueves, 02 de Octubre de 2025

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La Autoridad Portuaria constata un exceso de 7.000 m² en el proyecto de macrodepósitos

. Urbanismo emite un decreto en el que establece que el proyecto no cuenta con el preceptivo permiso portuario

El Ayuntamiento de Alicante ha emitido un decreto de denegación de la licencia de obra mayor solicitada por la mercantil XC Business 90 S. L. para el centro de distribución de combustibles y carburantes petrolíferos en el muelle 19 del Puerto de Alicante, dado que, por un lado, la mercantil no ha aportado al expediente la preceptiva autorización al proyecto de obra que ha de emitir la Autoridad Portuaria y, por otro, el proyecto de obras que presentó ante el Ayuntamiento no coincide con la superficie cedida por el concesionario y certificada por la Autoridad Portuaria y "no se ajusta a la normativa del Plan Especial del Puerto". 

 

El vicealcalde, Manuel Villar, resalta que el Ayuntamiento de Alicante tiene "argumentos técnicos de peso para denegar la concesión de la licencia de obra mayor para los macrodepósitos del Puerto, dado que la mercantil ni cuenta con la preceptiva aprobación del proyecto por parte de la Autoridad Portuaria, ni ha aportado un proyecto adaptado a la superficie que tiene concedida". Dos incumplimientos "que hacen imposible que se les conceda licencia con las preceptivas garantías". Recuerda que "el Ayuntamiento de Alicante ha manifestado en diversas ocasiones su rechazo a la implantación de los macrodepósitos en el Puerto y será contundente a la hora de aplicar la normativa urbanística para evitar que se instalen si no cumplen con las mínimas garantías exigibles, como es el caso".
 

Así, el decreto de denegación de licencia de obra mayor señala que el pasado 8 de mayo se concedió a la mercantil un plazo de 15 días para realizar dos aportaciones al expediente abierto para la concesión de obra mayor. Por un lado, aportar un nuevo proyecto técnico adaptado a la superficie del título concesional, que es de 14.500 cuadrados, tal y como certificó la Autoridad Portuaria a requerimiento del Ayuntamiento, ya que el proyecto de obra presentado originalmente hacía referencia a una parcela de 21.500 metros cuadrados. Por otro, se le exigía que, con carácter previo a la concesión de la licencia, justificase ante el Ayuntamiento que el proyecto presentado ante la Autoridad Portuaria ha obtenido su aprobación.

Transcurrido el plazo, añade el decreto, "queda constatado que la mercantil no ha subsanado ninguno de los dos extremos puestos de manifiesto, no habiendo aportado en el expediente la preceptiva autorización al proyecto de obra emitida por la Autoridad Portuaria, así como también al no ajustarse el proyecto presentado a la superficie concesional otorgada e incumplir el proyecto la normativa urbanística". Por estos motivos, concluye, "procede denegar la solicitud de licencia de obra mayor".

 

Las superficies no coinciden

La mercantil no ha presentado la preceptiva autorización del proyecto de obra por parte de la Autoridad Portuaria. En este sentido, desde la Autoridad Portuaria emitieron, a requerimiento del Ayuntamiento, un informe que confirma que el proyecto de ejecución "no ha sido aprobado".

Además, mientras que en el Ayuntamiento se presentó proyecto de obra para una parcela de 21.500 metros cuadrados, la superficie cedida es de 14.500, es decir, 7.000 metros inferior, según ha constatado la Autoridad Portuaria a requerimiento del Ayuntamiento. Detectado el error entre las superficies de concesión y del proyecto de obra, desde la concejalía de Urbanismo el 8 de mayo se solicitó a la mercantil que aportara un nuevo proyecto técnico de obra adaptado a la superficie cedida por el concesionario, que no ha presentado.
 

Además de la incongruencia sobre el tamaño de la parcela, el informe de Disciplina Urbanística que evaluó la documentación aportada por la mercantil tras el requerimiento, señala que "el proyecto presentado no se ajusta a la normativa urbanística del Plan Especial del Puerto, por no cumplir con la separación mínima a linderos exigida en la normativa vigente".

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