Miércoles, 10 de Septiembre de 2025

Actualizada Miércoles, 10 de Septiembre de 2025 a las 12:00:51 horas

ALICANTE PRESS Miércoles, 27 de Octubre de 2021

Resurgir de las cenizas y superar la bancarrota con una ley del año 2015

. Su nombre es Ley de Segunda Oportunidad y ha ganado visibilidad a raíz de la pandemia porque permite a aquellos deudores insolventes que sus deudas sean perdonadas

 

Hay canciones que están en la memoria colectiva. Acordes que cuando empiezan a sonar todo el mundo conoce y no tardan mucho en empezar a replicar. En España esto sucede con un sinfín de canciones que no hacen sino confirmar que el mundo de la música es apasionante. Principalmente por la capacidad de contar una historia, hacerla melódica, que entrañe una enseñanza y que encima quede redonda en apenas tres o cuatro minutos.

 

Yendo a uno de esos clásicos, como es “Pero a tu lado” de Los Secretos, te topas con un mensaje clarísimo que prácticamente está en la cabeza de todo aquel que haya ido a alguna verbena en su vida. Seguramente hasta leyendo esto seas capaz de recordar la entonación del célebre “ayúdame y te habré ayudado” que cantaba este grupo de la movida madrileña.

 

Sin embargo lo que no todo el mundo recuerda es el inicio de esta canción, que entraña un mensaje tan sentido que invita a la reflexión y que bien podría servir para reflejar distintas realidades. Una, por ejemplo, la que muchas personas han tenido que pasar estos últimos meses desde que se desencadenara la crisis económica provocada por la Covid-19. El inicial “he muerto y he resucitado, con mis cenizas un árbol he plantado, su fruto ha dado y desde hoy algo ha empezado” es un verso de esperanza que invita al oyente a pasar página tras un episodio traumático y creer que una nueva vida es posible. 

 

Pasar página gracias a una ley

Porque hay vida más allá de lo malo. Se puede pasar página y creer en nuevos comienzos con nuevas iniciativas y nuevos proyectos en el horizonte. Lo que pasa es que generalmente no se sabe cómo hacerlo y es ahí donde redunda la importancia de la Ley de la Segunda Oportunidad, pues es un mecanismo legal que ha ganado visibilidad a raíz de la pandemia por lo útil que resulta para todos sus solicitantes.

 

Esta ley permite desde el año 2015 que aquellas personas que están inmersas en una situación de insolvencia o bancarrota puedan dejar atrás sus deudas mediante el perdón legal de las mismas. Para ello deben reunir una serie de requisitos, basados en fundamentar su buena fe, y no deben de tener una deuda superior a los cinco millones de euros. 

 

Está claro que la pandemia dejó a muchas personas en una situación comprometida por culpa de un despido imprevisto, un proceso de ERTE o ERE, un descenso significativo del número de ingreso por el parón de la actividad… Una situación que se agudiza si se tiene en cuenta que en España hay mucha gente que aún estaba acusando los estragos de la anterior crisis y que había situaciones frecuentes de personas sumidas en un préstamo o crédito con alguna empresa financiera.

 

Ante la falta de ingresos no hay forma de asumir los gastos y por ende mucha gente se vio sin liquidez para poder pagar sus facturas. Tal es así, que las deudas que tenían se fueron acrecentando hasta que alcanzaron un punto sin retorno del que no había otra forma de salir que no fuera con la Ley de la Segunda Oportunidad.

 

¿Cómo se demuestra la buena fe del deudor?

 

Al hablar de la buena fe del deudor, lo que se hace es aludir a un principio general del derecho que consiste en probar la honradez y rectitud en su conducta de la persona en cuestión. En este caso concreto, se revisará que el solicitante no cuente en su historial con antecedentes penales por delitos socioeconómicos ni contra los derechos de los trabajadores. Asimismo, no debe haberse acogido a este mismo mecanismo en la última década.

 

Si se cumplen estos requisitos, se dará inicio al proceso y a continuación habrá que celebrar un intento de acuerdo extrajudicial de pagos entre los acreedores y el deudor. En esta fase se presenta un plan de pagos adecuado al solicitante, con una quita importante, en torno al 70%, del total de la deuda. Esta opción es interesante si el deudor desea retener alguno de sus bienes, aunque no siempre la situación económica del deudor permite trazar un plan de pagos real que pueda hacer frente.

 

Por lo tanto, en líneas generales lo que se busca es alcanzar la fase judicial y enfocar la solicitud a la cancelación total de la deuda que se logra con el denominado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho o BEPI. Resurgir de las cenizas y superar la bancarrota es posible gracias a esta ley del año 2015.

 
Comentarios
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.31

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.