Del Sábado, 04 de Octubre de 2025 al Jueves, 30 de Octubre de 2025
27 MUNICIPIOS
El Toque de queda en Alicante se amplía hasta septiembre

. El Tribunal Superior de Justicia (CV) ha ampliado las restricciones de movilidad nocturna 3 semanas más en 27 municipios de la provincia de Alicante. Uno de los principales motivos, la rápida propagación de la variante Delta del coronavirus.
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha autorizado la restricción de movilidad nocturna entre la 1 y las 6 de la mañana en 68 municipios de más de 5.000 habitantes con mayor riesgo epidemiológico por el Covid-19. Además de la limitación a un máximo de 10 personas de las reuniones sociales y familiares.
Estas medidas estarán activas desde el 17 de agosto hasta el 6 de septiembre, según el escrito presentado ante el Tribunal este miércoles 10 de agosto por la Consellería se Sanidad.
En la provincia de Alicante, se amplía de 18 a 27 municipios con Toque de queda a partir de la 1 de la madrugada. En Valencia, 32 municipios y en Castellón son 9 los municipios con restricciones de movilidad.
La Sala considera que la adopción de las medidas solicitadas suponen el mantenimiento de un control “aún necesario” en función del criterio de proporcionalidad y añade que “no existe una medida más moderada que con la misma eficacia consiga el propósito de limitar los denominados ‘botellones’ y aglomeraciones de personas”.
Lo mismo entiende el Tribunal respecto de la limitación del número de personas en reuniones familiares o sociales, que implican “ los mayores brotes epidémicos, que afectan no solo a personas jóvenes sino a todos los miembros del grupo”.
El auto, que cuenta con el voto particular discrepante de uno de los magistrados y que puede ser recurrido en casación, alude a la expansión de la variante Delta del coronavirus, al aumento de hospitalizaciones y defunciones, al crecimiento en la positividad de las pruebas diagnósticas y al incremento de la socialización y la movilidad.
Del mismo modo, el Tribunal recuerda que actualmente los grupos de edad más afectados son los más jóvenes, en los que “la enfermedad suele ser leve y presentan pocas comorbilidades”, aunque estos contagios impactan “especialmente en la Atención Primaria”. Añade la resolución que existe el riesgo de aparición de una variante que pueda afectar a la protección de las vacunas y de la infección previa.
Con estas premisas, detalladas en el informe de evolución epidemiológica que la Administración ha adjuntado a su solicitud, la Sala concluye que las medidas propuestas por la Conselleria de Sanidad suponen un mantenimiento del control “aún necesario” y que cumple el “juicio constitucional de proporcionalidad”, tal y como ha determinado la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en anteriores resoluciones.
En el auto, el TSJ de la Comunidad Valenciana examina la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 14 de julio que declara inconstitucional el confinamiento general decretado por el Gobierno central con el primer estado de alarma al tratarse de una suspensión del derecho a la libre circulación. A diferencia de aquella situación, la Sala entiende que el toque de queda “no implican una suspensión, sino una mera limitación de tales derechos, consistentes en restringir en cinco horas y en horario nocturno la libertad deambulatoria”. Del mismo modo, la Sala ha aludido a la sentencia del Tribunal Supremo del 2 de agosto en la que el Alto Tribunal determina directa y positivamente que con la legislación vigente cabe el toque de queda siempre que lo justifique el principio de proporcionalidad.















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