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REDACCIÓN Miércoles, 30 de Septiembre de 2020

CORONAVIRUS

Ximo Puig apoya la medida de Illa que supone cerrar Madrid

La Generalitat valenciana respalda el documento del Ministerio de Sanidad que supone el cierre de Madrid como consecuencia del riesgo de expansión del coronavirus.

La consellera de Sanidad, Ana Barceló, ha participado este miércoles en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en el que el Ministerio de Sanidad ha presentado el documento con criterios que determinan medidas para grandes ciudades que superen los umbrales de riesgo de expansión del coronavirus. Un documento impulsado por el ministro Salvador Illa que implica el cierre de Madrid

 

La consellera ha mostrado su apoyo a este documento porque "es importante que se tomen decisiones de manera coordinada entre todas las comunidades autónomas, como hemos venido haciendo desde el inicio de la pandemia".

 

En este sentido, Barceló ha destacado que "la aprobación de este acuerdo no interfiere en las competencias de la Comunitat Valenciana y en las medidas que se puedan seguir adoptando para el control de la pandemia".

 

El documento no ha conseguido el apoyo unánime de las comunidades, aunque sí ha obtenido más votos a favor que en contra. Madrid, Galicia, Andalucía, Murcia, Ceuta, Cataluña y Melilla han votado en contra, según reflejan algunas informaciones. 

 

En la Comunitat Valenciana hay cuatro ciudades con más de 100.000 habitantes: Castellón (171.728 habitantes), València (794.288), Alicante (334.887) y Elche (232.517), y en ninguna de ellas se ha alcanzado nunca una tasa de incidencia de 500 contagios por cada 100.000 habitantes. "Es más, ni tan siquiera se ha llegado nunca, ni en la fase más aguda de la pandemia, a la mitad de ese umbral", ha señalado Ana Barceló.

 

De hecho, en estos momentos, la incidencia acumulada de los últimos 14 días en la Comunitat Valenciana es de 107,90 casos por cada 100.000 habitantes. En la ciudad de València, la IA es de 115,45; en la ciudad de Alicante, 137,96; en Castellón de la Plana, 155,48; y en la ciudad de Elche se sitúa esta tasa en 164,72.

 

Respecto a la capacidad hospitalaria para responder a la pandemia, la ocupación de camas UCI por parte de pacientes COVID es del 10,9%, y en planta del 3,9%.

 

QUÉ SUPONE LA DECISIÓN

 

La decisión adoptada hoy, y que se traducirá en un próximo decreto del Gobierno, supone que se restringirá la entrada y salida de personas de los municipios afectados, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales, asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil y asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, entre otros.

 

Se permitirá la circulación por carreteras y viales que transcurran o atraviesen estos municipios siempre y cuando tenga origen y destino fuera de los mismos. Y, las personas residentes podrán circular dentro de los municipios afectados, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes.

 

Por otra parte, la participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, se reducirá a un número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes, y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas.

 

Por otro lado, se ha establecido un aforo máximo, distancia y horario para determinados ámbitos como los lugares de culto. En ellos dicho aforo máximo será de un tercio y se deberá garantizar siempre la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros.

 

En los velatorios el aforo máximo será de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. Y, la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringirá a un máximo de quince personas.

 

En el caso de los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público el aforo máximo será del cincuenta por ciento y la hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas, salvo las excepciones que se prevean.

 

Por su parte los establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas tendrán también un aforo máximo del 50 por ciento en espacios interiores y del 60 por ciento en espacios exteriores. El consumo en barra no estará permitido. Y, las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas. La ocupación máxima de personas por mesa o agrupación de mesas será de seis.

 

Hay que tener en cuenta que no podrán admitirse nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y la hora de cierre no podrá superar las 23:00 horas, a excepción de los servicios de entrega de comida a domicilio.

 

Las academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas y centros de formación no incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 9 del Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, el aforo máximo será del cincuenta por ciento.

 

Y, en las instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior el aforo máximo será también del cincuenta por ciento en espacios interiores y del sesenta en exteriores y la práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas.

 

En las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional y las competiciones internacionales que estén bajo la tutela organizativa de las Federaciones deportivas españolas que se desarrollen en los municipios previstos en el apartado 1.1, será de aplicación el Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional en la temporada 2020/2021, elaborado por el Consejo Superior de Deportes.

 

El mismo documento indica que las comunidades autónomas con municipios en los que concurran las circunstancias enumeradas para aplicar estas medidas deberán reforzar sus capacidades para la detección precoz y el control de la enfermedad, así como en el ámbito de la atención sanitaria, de acuerdo a lo establecido en el Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por la COVID-19.

 

En el apartado de recomendaciones el acuerdo establece que deberá evitarse todo movimiento o desplazamiento innecesario en los municipios que tienen que aplicar estas medidas. Asimismo, también se considera conveniente que las CCAA aprueben planes especiales en municipios menores de 100.000 habitantes con una elevada incidencia acumulada de nuevos casos.

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