Día Martes, 30 de Diciembre de 2025
ALICANTE
14 de octubre: Juicio por el crimen de la viuda de la CAM
El juicio ante el tribunal del jurado por el crimen de María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de la extinta Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), Vicente Sala, se iniciará el próximo 14 de octubre y se desarrollará a lo largo de diecisiete sesiones hasta el 7 de noviembre.
Ese es, al menos, el calendario programado inicialmente en el auto de hechos justiciables notificado este viernes por la Audiencia de Alicante, al que ha tenido acceso Efe.
No obstante, podría ser necesario que la vista se ampliase en número de jornadas, ante la gran cantidad de testigos que deberán comparecer durante su desarrollo.
En concreto, se ha admitido las declaraciones de 91 personas, entre los que se incluyen familiares de la fallecida, médicos forenses y agentes de Policía Nacional que participaron en la investigación, además del único acusado como presunto autor del crimen.
Se trata de Miguel López, yerno de la víctima y responsable del concesionario de vehículos entonces propiedad de la familia (fue vendido con posterioridad) en el que se produjo el suceso, el 9 de diciembre de 2016.
María del Carmen Martínez recibió dos tiros que le causaron la muerte en el interior de su vehículo, cuando procedía a retirarlo del lavadero del concesionario.
Tanto la Fiscalía como la acusación particular, que ejerce el hijo primogénito de Vicente Sala, Vicente Sala Martínez, solicitan para Miguel López una pena de 24 años de prisión por un delito de asesinato y otro de tenencia ilícita de armas.
Por su parte, la defensa pide la libre absolución al considerar que no existe ninguna prueba sólida que le incrimine y que las investigaciones que le apuntan como supuesto autor de los disparos se basan en meros indicios.
El auto de hechos justiciables se ha dictado menos de dos semanas después de que el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) rechazase el recurso planteado por la defensa de Miguel López con el fin de evitar que fuese juzgado por el procedimiento del tribunal del jurado.
En ese escrito, la defensa consideraba que la causa debía ser enjuiciada por un tribunal profesional, formado por magistrados, al alegar que cualquier ciudadano que resultase seleccionado para formar parte del jurado podría estar 'contaminado' por las constantes informaciones conocidas a través de los medios de comunicación sobre los avances de la investigación.
Según la tesis de la defensa, esa circunstancia podía resultar perjudicial para el acusado al haberse generado una suerte de "juicio paralelo" que vulneraría su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.
El alto tribunal autonómico rechazó esa pretensión, en un auto fechado el pasado 12 de junio, en el que concluía que la "excesiva trascendencia pública de hechos delictivos" no puede llevar a considerar que "de antemano debamos cuestionar el futuro resultado de un juicio, en el que por cierto todavía no se ha constituido el tribunal en su integridad".



















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