FRACCIONAMIENTO DE CONTRATOS
La juez del caso Comercio propone juzgar al alcalde y los dos asesores por prevaricación

El Juzgado de Instrucción 9 de Alicante ha concluido la instrucción por el presunto fraccionamiento de facturas de la Concejalía de Comercio. La juez propone juzgar al alcalde, el socialista Gabriel Echávarri, por un delito de prevaricación. También propone juzgar al jefe del Gabinete de Alcaldía, Lalo Díez; y al asesor Pedro de Gea por los delitos de prevaricación y usurpación de funciones.
El auto ha sido notificado hoy martes a las partes. La juez instructora transforma las diligencias previas en procedimiento abreviado y deja la causa preparada para juzgar al alcalde, Gabriel Echávarri, que entonces era también concejal de Comercio, y a los dos asesores, Lalo Díez y Pedro de Gea.
La magistrada mantiene que, entre los meses de noviembre y diciembre de 2016 “se concertaron para eludir la convocatoria de concurso público y adjudicar de manera directa al menos 14 contratos sirviéndose para ello del fraccionamiento de los mismos y adjudicándolos como contratos menores".
La juez propone juzgar a Gabriel Echávarri por un delito de prevaricación y al jefe del Gabinete de Alcaldía, Lalo Díez; y al asesor Pedro de Gea por los delitos de prevaricación y usurpación de funciones.
Con su resolución, la jueza da trámite a la Fiscalía y a la acusación particular para que soliciten el archivo o la apertura de juicio oral, en cuyo caso deberá presentar el escrito de acusación especificando los hechos que imputa a cada uno de los encausados, los delitos de los que les considera autores y las penas que solicita para ello. De forma excepcional, las acusaciones podrán solicitar también la práctica de nuevas diligencias.
En el auto, la juez señala que lo "relevante penalmente" es que "con cada una de las acciones de conformar la factura como si de un contrato menor se tratara, se incumplió u omitió de manera flagrante la normativa en materia de contratos porque lo que ha quedado acreditado es que esas relaciones no podían estar amparadas bajo el manto de un contrato menor".
La juez explica que el alcalde es abogado y "se le presupone una cierta preparación universitaria" por lo que se entiende que debe tener los suficientes conocimientos "que le permitan distinguir cuáles son sus funciones y cuáles no, cómo puede delegarlas y a quién y qué tipo de contratos puede concertar como concejal... además de cuándo es preciso acudir al concurso público para adjudicar contratos o cuándo es suficiente con el contrato menor".
LA JUEZ RECHAZA LAS PETICIONES DE LOS DOS ASESORES
La magistrada ha dictado hoy otra resolución en la que rechaza la petición de los dos asesores investigados para incorporar a la causa los expedientes de las Galas de Comercio de los años 2013 y 2014 porque “no son objeto de investigación en el presente procedimiento”.
También desestima la solicitud para volver a llamar a declarar a dos testigos porque considera que las partes ya tuvieron “facultad y posibilidad de realizarle todas las preguntas y aclaraciones que tuvieron por conveniente en la fecha en la que se les tomó declaración en la sede de este juzgado”.
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