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REDACCION Viernes, 22 de Abril de 2016

COLEGIOS

La presentación de solicitudes para Infantil y Primaria comienza el 9 de mayo

La Conselleria de Educación ha anunciado el calendario de admisión de alumnos en Educación Infantil, Primaria, ESO y Bachillerato en los colegios públicos y concertados, y en los institutos de la Comunitat Valenciana. Este año hay importantes novedades en el proceso de admisión de alumnos. Un programa informático designará los colegios en función de la baremación.

La Conselleria de Educación ha incluido una importante novedad en el siempre polémico proceso de admisión de alumnos en los colegios. Todos los criterios de baremación se volcarán en el programa informático de Conselleria que, una vez cruzados los datos, asignará las plazas escolares de manera automática y objetiva. No habrá intervención humana.

 

El proceso es el siguiente. Las solicitudes para Infantil y Primaria se entregarán entre el 9 y el 19 de mayo. Las listas provisionales de admitidos se publicarán el 2 de junio en los propios centros educativos, una vez comprobadas y baremadas las solicitudes. Las familias podrán reclamar delante de la dirección del centro hasta el 6 de junio y una vez contestadas las reclamaciones el 14 de junio se publicarán las listas definitivas. El 17 de junio comenzará el proceso de matriculación, que se extenderá hasta el día 29.

 

En cuanto a ESO y Bachillerato, el proceso es único para ambas etapas. La presentación de solicitudes se realizará entre el 23 de mayo y el 2 de junio, y una vez se haya realizado la baremación, se conocerán las listas provisionales, cuya publicación está prevista para el 11 de julio en los institutos y colegios. Las reclamaciones podrán realizarse durante los dos días siguientes, hasta el 13, y una vez contestadas, el 19 de julio se publicarán las listas definitivas. La matriculación en Secundaria y Bachillerato se realizará entre el 21 y el 28 de julio.

 

La Conselleria de Educación ha aprobado los criterios de baremación de las solicitudes de admisión. Son estos:

 

1. Hermanos matriculados en el centro: 15 puntos

 

2. Padre, madre o tutores legales trabajadores del centro docente: 5 puntos

 

3. Proximidad del domicilio o del puesto de trabajo de alguno de sus padres o tutores legales.

Alumnado con domicilio que se encuentre en el área de influencia del centro: 10 puntos.

Alumnado con domicilio que se encuentre en las áreas limítrofes a la zona de influencia del centro: 5 puntos.

 

4. Renta per capita de la unidad familiar: 2 puntos a las rentas familiares iguales o inferiores a dos veces el indicador público de renta a efectos múltiples (IPREM).

 

5. Condición legal de familia numerosa.

Numerosa general: 3 puntos

De categoría especial: 5 puntos.

 

6. Concurrencia de discapacitado en el alumnado, en sus padres o hermanos.

Cuando exista discapacidad en el alumno de entre el 33% y el 65%: 4 puntos

Cuando la discapacidad sea superior al 65%: 7 puntos.

En el caso de padres y hermanos, cuando exista discapacidad de entre un 33% a un 64%: 3 puntos.

Si la discapacidad supera el 65%: 5 puntos.

 

7. Familia monoparental general: 3 puntos. Las de categoría especial: 5 puntos.

 

8. Expediente académico, solo en enseñanzas postobligatorias.

 

PROCESO INFORMATIZADO

 

Como novedad, si no se obtiene plaza en el primer centro elegido, automáticamente la puntuación de admisión contará para solicitar plaza en la segunda opción, y así sucesivamente, hasta agotar las 10 peticiones. En definitiva, las familias podrán optar a las 10 opciones en igualdad de condiciones gracias al hecho de que el procedimiento se realizará simultáneamente a través de medios informáticos.

 

Las familias interesadas formularán una única solicitud utilizando el modelo oficial, en la que harán constar las 10 opciones ordenadas por prioridad. Las solicitudes estarán disponibles en los centros educativos y también en el apartado de admisión del alumnado en la web de la Conselleria. Se recomienda rellenar la solicitud telemáticamente en la web de la Conselleria de Educación.

 

Una vez rellenadas las solicitudes, se imprimirán y se presentarán en el centro educativo elegido en primera opción, conjuntamente con la documentación que acredite las circunstancias alegadas. Las direcciones territoriales podrán habilitar centros receptores alternativos en aquellas localidades o zonas que presenten circunstancias excepcionales que dificulten la presentación de solicitudes.

 

En caso de que se presente más de una instancia, no se tendrán en cuenta ninguna, y se procederá a la escolarización en alguno de los centros en que, una vez finalizado el proceso de admisión, queden lugares vacantes.

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