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Jueves, 22 de Enero de 2015

Los municipios de 250 habitantes podrán tener una farmacia

A.P. / Alicante farmacia alicanteLa conselleria de Sanidad ha establecido un mínimo de 250 habitantes para que un municipio pueda tener una farmacia de nueva apertura. De este modo, Sanidad podrá autorizar la apertura de una primera oficina de farmacia en los municipios y entidades locales menores con una población superior a 250 habitantes. Asimismo, en los municipios carentes de oficina de farmacia con una población inferior a 250 habitantes la conselleria de Sanidad podrá autorizar la apertura de un botiquín farmacéutico que garantice la atención farmacéutica a su población. Además, la modificación de varios artículos de la Ley de Ordenación Farmacéutica afecta también a la regulación de cierre de las oficinas de farmacia, a la modificación de las condiciones de apertura y vinculación de botiquines, considerando como mérito preferente la consideración de oficina de farmacia de viabilidad comprometida (VEC) y en su defecto la proximidad, tratando con especificidad, los casos correspondientes a municipios de farmacia única en los que se vaya a cerrar su farmacia. En concreto, el cierre de las oficinas de farmacia requerirá de autorización administrativa previa, y en el caso de que el cierre sea de farmacias únicas en un municipio o entidad local menor o pedanía, deberá solicitarse con una antelación mínima de tres meses, plazo durante el que la Conselleria de Sanidad autorizará la apertura de un botiquín farmacéutico que garantice la continuidad en la atención farmacéutica a su población.

El caso Bolulla

De este modo y, tras los problemas surgidos en el mes de junio de 2014, con la petición de cierre de la oficina de farmacia de la localidad de Bolulla (Alicante), con una población de 456 habitantes, que se incrementa durante los meses de verano, y la necesidad realizar un proceso de apertura urgente de un botiquín farmacéutico en dicho municipio, se consideró proponer una modificación de la Ley de Ordenación Farmacéutica que permitiera un control reglado a los efectos de evitar la falta de continuidad en la asistencia farmacéutica a la población. Por otra parte, con objeto de proteger la asistencia farmacéutica de las oficinas de farmacia con ingresos reducidos (denominadas farmacias de viabilidad económica comprometida o VEC), la conselleria de Sanidad ya reglamentó el procedimiento para la aplicación del índice corrector del margen de dispensación de las oficinas de farmacia de la Comunidad, haciendo efectivas las ayudas económicas para los años 2012, 2013 y 2014.
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