Lunes, 15 de Diciembre de 2025

Actualizada Domingo, 14 de Diciembre de 2025 a las 21:19:54 horas

EFE Martes, 21 de Mayo de 2019

ALICANTE

Un juez descarta indemnizar a Ortiz por el Plan Rabasa

El Juzgado de lo Contencioso número 3 de Alicante descarta que el Ayuntamiento de la capital alicantina y la Generalitat indemnicen a la sociedad Alicante Avanza, del grupo de empresas del promotor Enrique Ortiz, por el supuesto perjuicio que le habría ocasionado la anulación del Plan Rabasa.

Dicho proyecto urbanístico, en el que se proyectaba la construcción de 13.000 viviendas, fue aprobado por el Ayuntamiento de Alicante en 2005 y quedó ratificado de forma definitiva por la Generalitat en 2009, a iniciativa de Viviendas Sociales del Mediterráneo, la empresa que fue relevada, después, por Alicante Avanza como propietaria del suelo.

Sin embargo, el Tribunal Supremo (TS) acordó su nulidad, en una sentencia dictada en 2015, tras estimar los contenciosos presentados por la Subdelegación del Gobierno, el PSPV-PSOE, EU y la Plataforma de Iniciativas Ciudadanas (PIC).

El alto tribunal consideró, entre otros puntos, que el desarrollo de ese proyecto residencial no tenía garantizada la disponibilidad de recursos hídricos para el abastecimiento de las viviendas contempladas en el sector.

Dos años después, en 2017, Alicante Avanza interpuso una demanda de responsabilidad civil por la que reclamaba que se le compensase con 6,77 millones de euros al no haber podido desarrollar las previsiones de dicho proyecto urbanístico, sobre una bolsa de 1,4 millones de metros cuadrados de su propiedad, que habían pasado a tener la condición de suelo no urbanizable tras la anulación del plan.

El Juzgado de lo Contencioso descarta esa reclamación, en una sentencia fechada en octubre de 2018 pero conocida ahora, al concluir que no corresponde compensar a la empresa.

El fallo incide en que la sociedad reclamante no le dio ningún desarrollo patrimonial efectivo a ese Plan Parcial en los años en los que sí estuvo en vigor su planeamiento, de modo que no existiría daño que resarcir.

Así lo defendieron, de hecho, el propio Ayuntamiento de Alicante y la Generalitat, en sus escritos de oposición a la demanda, mediante dos informes emitidos por la Concejalía de Urbanismo y por el Consell Jurídic Consultiu (CJC), que quedan incorporados en la sentencia.

El fallo incide en que, de hecho, fue la propia empresa, Alicante Avanza, la que desistió de ese plan e inició un nuevo expediente para tramitar un nuevo proyecto como Actuación Territorial Estratégica (ATE) en ese mismo sector, aunque con otras condiciones y previsiones, como la instalación de una gran superficie comercial.

Además, la sentencia señala que la empresa acabó renunciando igualmente a ese segundo proyecto en 2016.

Contra la resolución judicial cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV). Por el momento se desconoce si Alicante Avanza ha ejercido ese recurso.

 

Comentarios
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.185

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.