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EFE Miércoles, 13 de Febrero de 2019

AUDIENCIA DE ALICANTE

Exculpado de distribuir porno infantil en Elda

La Audiencia Provincial de Alicante ha exculpado al empleado de una asesoría de Elda de un delito de distribución de material pornográfico infantil al no haber quedado acreditado en el juicio que el acusado hubiese compartido con terceros los archivos con ese tipo de contenidos.

El fallo le absuelve de ese delito, por el que el quedaba expuesto a una posible condena de seis años y medio de prisión, a petición del fiscal.

Alternativamente, el acusador público solicitaba una pena de un año de prisión por la simple tenencia de dicho material pedófilo.

Así, el tribunal sí considera al acusado responsable de ese segundo delito, por lo que le impone una pena de nueve meses de prisión y el pago de una multa de 2.700 euros.

Tanto en su declaración ante la Policía como en el juicio, el acusado asumió que había buscado y descargado material pornográfico. Esas descargas se produjeron durante dos días de septiembre de 2015 y una tercera jornada de diciembre de ese mismo año.

Sin embargo, el procesado aseguró que no tenía conocimiento de que entre ese material obtenido figurasen fotografías o vídeos de contenido pedófilo y que, en todo caso, se habían descargado por error.

La sentencia concluye que esa alegación queda "desvirtuada ante el dato insoslayable de la denominación reiterada de algunos de los documentos buscados y descargados que no dejan lugar a duda sobre el carácter 'hard core' del material seleccionado y en muchas casos la corta edad de los protagonistas: 8, 9 ó 10 yo (years old)".

Los investigadores de la Policía registraron los ordenadores al alcance del procesado, entre los que se encontraba el de su lugar de trabajo: una asesoría cuya titular era la madre del acusado.

En esos equipos, la Policía encontró más de 280 archivos con diversos vídeos o fotografías. En varios de ellos "se encontraban personas con apariencia clara de menores de edad", según los hechos considerados probados en la sentencia.

Con todo, según el fallo, en esos registros no se localizó "la carpeta incoming" que indicaría la ID del usuario "y lo que se ha podido compartir de manera efectiva", por lo que "no existe pues seguridad de si se puede efectivamente compartir/distribuir algún archivo una vez completamente descargados".

Según el fallo, gran parte del material descargado había sido borrado.

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