Jueves, 25 de Diciembre de 2025

Actualizada Miércoles, 24 de Diciembre de 2025 a las 10:42:44 horas

EFE Viernes, 11 de Enero de 2019

ALICANTE

Diez años para el monitor de un colegio por agresión sexual

La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a un monitor de piscina de un colegio privado de Alicante a una pena de diez años de cárcel por dos casos de abusos sexuales continuados y uno de agresión sexual cometidos a dos compañeras.

Según la sentencia de la sección tercera con fecha del pasado 7 de enero, a la que ha accedido Efe, al acusado se le imponen seis años de prisión por agresión sexual a una compañera, también monitora, y cuatro más por dos delitos de abusos sexuales continuados tanto a la anterior como a una segunda educadora más.

Del mismo modo, se le obliga al pago de una indemnización de 3.000 euros por daños morales a una de las monitoras que solo sufrió abusos y de 9.000 a la segunda víctima.

Los hechos enjuiciados se registraron en diversos episodios acontecidos entre 2010 y 2011, en los que el ahora condenado realizó diversos tocamientos en los pechos y en el glúteo a las dos denunciantes en contra de su voluntad, mientras desarrollaban su labor como monitores en las instalaciones del colegio.

El caso concreto de la agresión sexual, sin embargo, se realizó en el vehículo particular de la víctima, después de una comida organizada con motivo de la Navidad de 2010.

Según la sentencia, el acusado pidió a su compañera que le llevase a casa y le pidió que parase el coche en una zona poco habitada.

"Tras parar el coche, súbitamente se abalanzó contra la voluntad" de la víctima y, tras un forcejeo, "la penetró vaginalmente contra su voluntad, y a partir de ahí, según la sentencia, continuaron las insinuaciones para que fuesen "amantes" y los tocamientos.

La condena por la agresión sexual cuenta con un voto particular discrepante por parte del presidente del tribunal (dicho órgano está formado por dos magistradas y un magistrado), al creer que sí están acreditados los abusos pero no el delito superior de agresión.

"He de señalar la ausencia de una prueba suficientemente convincente que despeje cualquier atisbo de duda sobre la realidad de los hechos", explica el presidente del tribunal en referencia a cómo se pudo cometer ese delito en "un vehículo de pequeñas dimensiones, en el asiento del piloto".

Contra la sentencia cabe recurso de casación en el plazo de cinco días.

Comentarios
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.112

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.